Queja de las inmobiliarias por un nuevo criterio de Epec para el cobro de deudas
La Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec) comenzó a exigir el pago íntegro de las deudas por el servicio que dejan inquilinos de casas y departamentos, como condición ineludible para instalar un nuevo medidor en la misma propiedad. Se trata de un cambio de criterio que está generando dolores de cabeza a los inquilinos y a las inmobiliarias locales. Estas últimas ya presentaron quejas ante la empresa y el Ente Regulador de los Servicios Públicos (Ersep).
Aseguran que la nueva política complica la posibilidad de volver a alquilar esos inmuebles, obligando a los propietarios (o a los nuevos inquilinos) a saldar deudas ajenas que la Epec debería cobrar por otros medios. Incluso –afirman–, hay casos de inquilinos a los que se les cortó el suministro por deudas que fueron contraídas por los anteriores locatarios de un inmueble.
“Esto comenzó hace unos seis meses, cuando Epec cambió el criterio que aplica para cobrar deudas por boletas impagas. Antes, la deuda era del titular del servicio, vale decir, de quien había pedido el medidor. Pero ahora, la deuda ‘persigue’ a la propiedad, lo que obliga a los dueños de un departamento o una casa a hacerse cargo de las boletas que no haya pagado un inquilino”, protestó Martín Dahan, tesorero de la Cacic.
Ello –explicó– impide que nuevos inquilinos puedan solicitar el servicio en inmuebles donde antes haya vivido otro locatario que entró en mora con la empresa. “La única opción es que el propietario o el nuevo inquilino salden previamente la deuda, lo que es sumamente injusto”, entendió.
Según Dahan, además del cambio de política, el problema es que ahora las tarifas eléctricas son muy caras, y dos o tres boletas impagas pueden implicar una deuda muy importante. “Antes, si un inquilino abandonaba una propiedad y dejaba una deuda con Epec, eran dos o tres mil pesos, a lo sumo. Y el propietario la pagaba para poder volver a alquilar el inmueble. Pero ahora hay deudas que rondan los 15 o 20 mil pesos, que representan entre dos y tres meses de renta”, explicó.
Otro factor que influye en este tema son las demoras en que incurre Epec para realizar las lecturas de los medidores (el proceso comenzó a normalizarse en las últimas semanas). Ello hace que muchos inquilinos que dejan una propiedad no puedan –aunque quisieran– saldar todo lo adeudado, porque ni siquiera ha sido estimada la electricidad consumida en los últimos meses de contrato.
“Eso también contribuye a generar una deuda que, con la nueva política de la empresa, debe ser pagada por el dueño del inmueble o, en su defecto, por los nuevos inquilinos”, dijo Dahan.
Desde Epec, fuentes de la empresa reconocieron en diálogo con La Voz el cambio de política, y explicaron que la normativa vigente los habilita a cobrar una deuda al propietario u ocupante del inmueble. “Esto está previsto en la ley 9.087. En su artículo 37 dice que las deudas originadas por facturas impagas que no pudieran ser cobradas a los titulares del servicio, serán afrontadas por el inmueble donde se registró el servicio”, explicaron.
“El problema es que la empresa perdía mucho dinero por boletas que nadie pagaba, y esta es una manera de que se regularice la situación. Se ajustaron los mecanismos de cobro porque hay una premisa que no se puede permitir, que es que el consumo realizado no sea abonado”, señalaron desde la empresa energética.
Las mismas fuentes consultadas dijeron que muchos inquilinos, sabiendo que se les termina el plazo de locación, suelen dejar de pagar las boletas en los últimos meses del contrato del alquiler. Y hasta ahora la única manera de cobrarles esa deuda era esperar a que el mismo titular solicitara el servicio para otra propiedad. “Pero hay muchos casos en los que piden el nuevo medidor con otro nombre, y la posibilidad de cobrar la deuda se diluye”, lamentaron.
No obstante ello, aseguraron que están al tanto de las quejas presentadas por los inmobiliarios, y que están trabajando en alternativas que permitan descomprimir la situación. “No está en nuestra voluntad generar trabas para el alquiler de propiedades”, dijeron.
Una idea que se está barajando en el Directorio de la empresa –aunque aún no es definitiva– es que, al momento del pedido de baja del servicio por parte de un inquilino la Epec cobre la totalidad del consumo eléctrico realizado, incluso estimando los últimos días que no hayan tenido medición. “De todos modos –indicaron–, va a ser necesario que los propietarios y las inmobiliarias hagan un control más estricto sobre las boletas que deben pagar los inquilinos”.
Desde el Ersep, coincidieron con Epec respecto de que existe un marco legal que habilita dicho criterio para el cobro de deudas. “No obstante ello, ante reclamos administrativos formulados en relación con la exigencia a nuevos locatarios de deudas por servicios de titulares anteriores, el Ersep resuelve eximiéndolos de la obligación de pago, interpretando que estos resultan “tenedores de buena fe” respecto del inmueble para el requirieran el servicio.
“Me dejaron cuatro días sin luz en mi casa”
En junio pasado, Walter Álvarez y su familia alquilaron una casa en barrio Rosedal. Cuando les dieron las llaves de la vivienda, una de las primeras cosas que hizo fue solicitar el servicio eléctrico en las oficinas de Epec. “En ese momento, me dijeron que había una deuda del inquilino anterior, pero que me daban el servicio igual. Yo no me preocupé en lo más mínimo porque la deuda no era mía”, le dijo ayer Walter a La Voz.
Pero el problema llegó a las dos semanas. Cuando ya estaba instalado en la casa junto a su mujer, sus dos hijos pequeños y su tía de 96 años, y sin aviso previo, Epec le cortó el servicio. “Cuando llamé, me dijeron que era por la deuda. Yo les repetí que no era una deuda mía, pero me explicaron que había cambiado la normativa y, que si quería la luz, tenía que pagar las boletas que había dejado el otro inquilino”, relató Walter. La deuda superaba los 9.000 pesos.
Inmediatamente hizo el reclamo a la inmobiliaria, y desde allí plantearon el caso al Ersep. Después de varias idas y vueltas, recién a los cuatro días le reconectaron el servicio. “En esos cuatro días tuve que mandar a mi familia a casa de unos amigos, incluida mi tía que es una persona mayor y no puede estar sin luz. Y yo me quedé solo en la casa, cuidándola para que no entren a robar”, recordó Walter.
“Es una locura. No te pueden reclamar por una deuda de otra persona. Es muy injusto”, finalizó.
Qué dice la legislación vigente en la materia
Epec puede cobrar las deudas al propietario del inmueble.
Normativa. La ley 9.078, de creación del Estatuto Orgánico de Epec, habilita en su artículo 37 la posibilidad de que la empresa cobre las deudas al propietario de un inmueble, aunque este no sea el titular del servicio.
Pago del servicio. “La Empresa establecerá el sistema de facturación y la forma en que deban ser pagadas las cuentas por suministro de energía”.
impagas. “El cobro del servicio podrá perseguirse contra el titular del mismo, el ocupante, poseedor o propietario del dominio en forma indistinta. Las deudas originadas (…) que no pudieran ser cobradas a los titulares del servicio, serán afrontadas por el inmueble donde se registró el servicio”.
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